78/LA Instructivo de trámite para el "Registro de empresas de mensajería y paquetería" (Regla 3.7.3.).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Las empresas de mensajería y paquetería interesadas en realizar el despacho de las mercancías mediante pedimento y procedimientos simplificados, previstos en las reglas 3.7.4., y 3.7.5.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la ACAJA, a través del Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta a la solicitud.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento.

    Requisitos:

    1.2.3.4.5.6 7.

     

    Condiciones:

    1.2.3.4.5. No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, cuarto párrafo del CFF.

    6. Contar con certificados de sellos digitales vigentes, así como no encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X, del CFF, durante los últimos 12 meses, anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro.

    7. El estatus del buzón tributario deberá encontrarse como "Validado".

    8. Cumplir permanentemente los requisitos y obligaciones inherentes al "Registro de empresas de mensajería y paquetería", incluso los que se emitan con posterioridad a la obtención del mismo.

    Información adicional:

    1.a)b)c)2. Para efectos del numeral 6 del Apartado de Requisitos, se entenderá por empresas de un mismo grupo, cuando el 51% o más de sus acciones con derecho a voto de todas las empresas sean propiedad en forma directa o indirecta o de ambas formas, de las mismas personas físicas o morales residentes en territorio nacional o en el extranjero; o que el 25% o más de sus acciones con derecho a voto de todas las empresas sean propiedad en forma directa de una misma persona física o moral residente en territorio nacional o en el extranjero.

    3. En caso de cualquier aclaración que las empresas de mensajería y paquetería deban realizar sobre los requisitos señalados en la presente ficha, deberán manifestarlo bajo protesta de decir verdad con firma autógrafa del representante legal.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículos 14, 14-A, 59, último párrafo, 88, de la Ley, 17-H, 17-K 27, 69, 69-B, del CFF, 29, VIII, del Reglamento del CFF y las reglas 1.2.2., 3.7.3., 3.7.4. y 3.7.5.