REGLA 4.8.17. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS RECINTOS FISCALIZADOS ESTRATÉGICOS

     

    Para los efectos del artículo 135-A de la Ley , quienes obtengan la autorización a que se refiere dicho artículo, tendrán las mismas responsabilidades y deberán cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 15, fracciones II y III, y 26, fracciones I, II y III de la Ley , conforme a los lineamientos que para tal efecto emita la AGA , mismos que se darán a conocer en el Portal del SAT.