ARTÍCULO 174-G:

    Por el estudio y, en su caso, aprobación de las solicitudes de modificaciones técnicas, administrativas, operativas y legales de las autorizaciones para instalar, operar o explotar estaciones terrenas para transmitir señales satelitales, o de permisos para instalar y operar estaciones terrenas transmisoras, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

  • (Se deroga).
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  • Por cambio en la titularidad por cesión o transferencia de derechos, según corresponda ............................................... $3,746.00
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  • (Se deroga).
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  • Por la ampliación de plazos para el cumplimiento de obligaciones .......... $1,371.00
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  • Por modificación en las características técnicas y de operación ........... $3,022.00
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