ARTÍCULO 123: Evaluación de la viabilidad del programa de ajuste competitivo
La Secretaría (RLCE: Art. 1) evaluará la viabilidad del programa de ajuste competitivo que presenten los productores nacionales. Dicho programa se derivará de un análisis de los factores que influyen y determinan la competitividad del sector, a partir del cual se definirán las acciones y el tiempo estimado para su ejecución; estas acciones podrán variar como resultado de la evaluación que realice la Secretaría de la información aportada por las partes interesadas en el curso del procedimiento y de la que ella misma obtenga.