ARTÍCULO 178: Dependencias, entidades y organismos que integran la COMPEX
La Comisión Mixta (RLCE: Art. 1) estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias, entidades y organismos:
Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:
Secretaría de Relaciones Exteriores;
Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Secretaría de Energía;
Secretaría de Economía;
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
Secretaría de Salud;
Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
Secretaría de la Defensa Nacional;
Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, y
Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito.
I bis. Entidades federativas, previo acuerdo entre éstas y la Secretaría;
Organismos del sector privado que manifiesten expresamente su voluntad, cuyos cargos serán honoríficos, y por su desempeño no cobrarán sueldo o emolumento alguno:
Consejo Coordinador Empresarial;
Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana;
Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología, A.C.;
Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales;
Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana;
Confederación Patronal de la República Mexicana;
Confederación Nacional de Cámaras de Comercio;
Confederación Nacional de Cámaras de Industria;
Cámara Nacional de la Industria de Transformación;
Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, y
Consejo Nacional Agropecuario.Además, la Comisión Mixta podrá invitar a integrarse a otros representantes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, y del sector privado, cuando se traten asuntos relacionados con sus respectivas atribuciones o con los intereses que representen.
Cada una de las dependencias, entidades y organismos señalados en este artículo, designará un representante único y permanente.